En los últimos días, nuestro despacho ha recibido dos resoluciones judiciales que refuerzan la protección de derechos fundamentales en el ámbito educativo y avalan el trabajo desarrollado por nuestra firma en defensa de la libertad de enseñanza y del derecho de las familias a una educación conforme a sus convicciones. Ambas sentencias han sido obtenidas por nuestra socia Sara I. Prieto Vidal, cuya dirección jurídica ha resultado clave en estos logros.
Por un lado, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha estimado el recurso interpuesto por una Fundación Educativa, representada por nuestro despacho, contra la supresión de una unidad concertada de segundo ciclo de Educación Infantil. La sentencia anula la resolución administrativa que reducía las unidades concertadas y reconoce el derecho del centro al mantenimiento de las cinco unidades vigentes. El tribunal concluye que la actuación administrativa no respetó las garantías procedimentales ni los compromisos asumidos en el Acuerdo de 23 de octubre de 2023 sobre reducción de ratios y estabilidad de unidades educativas. Además, recalca que la nueva ratio máxima de 20 alumnos por aula no justificaba la supresión de unidades, consolidando la exigencia de motivación y el respeto a los principios de confianza legítima y seguridad jurídica.
Por otro lado, la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la Diócesis de Calahorra y La Calzada-Logroño, también dirigido por nuestra firma, contra el decreto autonómico que regula el currículo de Bachillerato en La Rioja. El recurso plantea, entre otras cuestiones, que la asignatura de Religión no debe impartirse fuera del horario lectivo general, ya que ello puede disuadir su elección, dificultar el acceso al transporte escolar y limitar la participación en actividades extraescolares. Esta admisión a trámite permitirá al Alto Tribunal pronunciarse sobre si, en Bachillerato, es exigible ofrecer una asignatura alternativa en condiciones equiparables, en cumplimiento del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede de 1979.
Ambas resoluciones suponen pasos significativos en la consolidación de un marco educativo más respetuoso con los derechos constitucionales y los compromisos internacionales asumidos por el Estado español. Desde Rich & asociados reiteramos nuestro compromiso con una defensa jurídica rigurosa, centrada en garantizar la libertad de enseñanza, la seguridad jurídica de los centros educativos y el ejercicio efectivo de los derechos de las familias.