El despido disciplinario es un despido individual en el que el empresario decide prescindir de los servicios de un trabajador y, por lo tanto, cesar su contrato con motivo de un incumplimiento grave.
Tiene efecto en el momento en el que el trabajador conoce la situación. La carta de despido hará oficial la rescisión y tendrá que contener la causa, ya sea grave o muy grave, la fecha en que debe hacerse efectivo y la justificación de que el empresario le ha hecho llegar dicha carta al trabajador.
Se pueden sancionar aquellas conductas que supongan un incumplimiento de las obligaciones del trabajador registradas en su contrato pero nunca una conducta relacionada con la vida privada o ejercicio legítimo, como los derechos del trabajador.
Dicho incumplimiento debe constar de la suficiente gravedad como para poder hacer efectivo el despido, pues una falta leve no puede justificarse en un despido disciplinario. Se deberá considerar también el grado de voluntariedad, ya que, cualquier falta de diligencia del trabajador en sus obligaciones, supondrá un incumplimiento culpable.
El empresario deberá escuchar a los delegados o representantes sindicales antes de proceder a entregar la carta en el caso de que el trabajador esté afiliado a un sindicato. Si a quien quiere despedir es a un representante de los trabajadores, tendrá que abrir un expediente previo a la carta para proceder al despido.