Un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas tras realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, así como a erradicar la discriminación por razón de sexo, tal como indica el artículo 46.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, conocida comúnmente como Ley Orgánica de Igualdad.
Esta disposición normativa ha sido modificada por el reciente Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, crea un registro de Planes de Igualdad, pendiente de un inminente desarrollo reglamentario, y amplía el número de empresas obligadas a implantarlo, entre otras cuestiones. En definitiva busca establecer un marco jurídico que permita avanzar hacia la plena igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Objetivos para la elaboración del plan de igualdad
Teniendo en cuenta lo anterior, podemos decir que los objetivos a alcanzar con la implantación de un Plan de Igualdad coinciden con los principios de actuación en materia de igualdad. Algunos de estos principios consisten en la identificación y erradicación de las discriminaciones por razón de sexo, ya sean directas o indirectas, la modificación de los patrones socioculturales de conducta de mujeres y hombres que supongan la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos, la integración del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la actividad de las organizaciones públicas o privadas, prevenir el acoso sexual o el acoso por razón de sexo y potenciar la conciliación de la vida profesional, personal y familiar de toda la plantilla de la empresa.
Autor: David J. Pardo Arquero.