¿Quieres tener un plan de medidas antifraude o un papel mojado?

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Reflexiones desde el Informe de fiscalización efectuado por el Tribunal de Cuentas sobre los planes antifraude aprobados por las entidades locales.

El 27 de julio pasado, el Tribunal de Cuentas hacía público el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

El Informe, como es natural, no se ha efectuado sobre la totalidad de las entidades sino sobre una muestra de 214 entidades locales, pero sus conclusiones son relevantes y significativas, pudiendo extraer conclusiones que aparecen al final del informe.

Una primera conclusión alude a la dificultades de las propias entidades para considerarse o no entidad ejecutora y, consecuentemente, no sabían si estaban obligadas a aprobar un plan de medidas antifraude (en adelante PMA) conforme a la Orden HFP/1030/2021. En nuestra experiencia, esto puede explicar cierta falta de proactividad en las entidades locales más pequeñas por implementar dichos planes, pese a ser beneficiarias de fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Esta “confusión” puede llevar al incumplimiento de requisitos necesarios para acceder a esos fondos y, eventualmente, a una devolución de los mismos.

Este informe refleja claramente la realidad del estado de la cuestión de las entidades locales en relación con las medidas de transparencia e integridad

El Tribunal de Cuentas señala también en las conclusiones la escasa implementación de una cultura de lucha contra el fraude en las entidades locales con carácter previo a su participación en los PRTR pues a 30 de septiembre de 2022, casi un año después de que la Orden HFP/1030/2021 fuera publicada, poco más de la mitad de las entidades había efectuado autoevaluaciones para implementar PMA, de ellas el 39% no alcanzó la mitad de la puntuación máxima y, además, el 11% de las que habían efectuado dicha autoevaluación no habían previsto su reiteración anual, conforme a las exigencias de la mencionada Orden.

El Informe también señala que a la fecha del cierre del Informe, el 83% de las entidades había aprobado un PMA en plazo, un 8% fuera de él y un 9% incumplieron dicha obligación. No obstante, no hay cal sin arena, y el Tribunal de Cuentas señala que solo el 13% de las entidades que habían aprobado los PMA lo habían aplicado efectivamente. Entrando en el análisis de los PMA: sólo el 20% de las entidades contaba con todas las medidas de prevención, a saber: declaraciones institucionales, comités antifraude, códigos éticos, evaluaciones de riesgo, medidas de prevención de conflicto de interés, procedimientos para evitar doble financiación y formación en la materia; sólo el 41% de las entidades contaba con todas las medidas de detección analizadas, a saber: consulta de información relevante en bases de datos, desarrollo de catálogos de indicadores de riesgo y canales de denuncia; por contra, el 87% de las entidades habían establecido medidas de corrección y persecución para los supuestos en que se detectase un posible fraude o sospecha fundada.

La no implementación de estos PMA puede conllevar la devolución de dichos fondos.

En definitiva, el Tribunal de Cuentas valoran muy positivamente el esfuerzo realizado por las entidades locales que van a participar en el desarrollo de PRTR de los denominados planes de medidas antifraude (PMA), pues la mayoría no contaban con los mismos a la entrada en vigor de la Orden de referencia.

No obstante, los avances en la materia se han limitado, con carácter general, a la aprobación de los planes, quedando pendiente la implantación efectiva de las medidas, así como el desarrollo de una cultura de lucha contra el fraude.

Este informe refleja claramente la realidad del estado de la cuestión de las entidades locales en relación con las medidas de transparencia e integridad. Y refleja que esta cultura no formaba parte de su agenda hasta la exigencia impuesta por las autoridades europeas, reflejada en la Orden HFP 1030/2021. Es lógico que, en una primera etapa, la pesada maquinaria administrativa tarde en reaccionar pero no podemos quedarnos dormidos en los laureles.

Desde Rich & asociados, te recordamos que:

  • La aprobación de los PMA es una exigencia para ejecutar PRTR con fondos europeos y Europa será exigente con estas medidas. La no implementación de estos PMA puede conllevar la devolución de dichos fondos.
  • La aprobación no es el requisito final, sino el de partida, pues se exige la implementación real y la evaluación anual… y mal se puede evaluar si no se ha implementado.
  • La cultura de integridad, transparencia y lucha contra el fraude ha venido para quedarse, al igual que en el sector privado, y que, pese a que ha hecho su entrada de la mano de los fondos europeos, dicha cultura debe extenderse a todos los ámbitos de la Administración.
  • La ciudadanía va a exigir, como en otras sociedades, los más altos estándares de ética a sus políticos y a sus Administraciones.

En Rich & asociados llevamos años trabajando en la implantación de planes de prevención, detección y actuación ante riesgos penales y ante el fraude en las administraciones públicas. Nuestro expertise no es solo la elaboración de planes, sino el compromiso con su implementación, de lo contrario nos encontraremos con los denominados paper compliance, o sea, con planes de medidas antifraude que serán papel mojado que no solo no cumpliran los requisitos exigidos para la ejecución de programas, sino que tampoco cubrirán las expectativas de la ciudadanía.

Si quieres que te ayudemos a desarrollar un PMA y, lo que es más importante, a implementarlo y evaluarlo, ponte en contacto con nosotros.

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Jose Rafael Rich Ruiz

Es especialista en derecho corporativo, cumplimiento normativo, mediación y negociaciones complejas.

Abogado y socio-presidente de Rich & asociados.

Es especialista en derecho corporativo y cumplimiento normativo (compliance). Miembro de Cumplen y a la World Compliance Association, asociaciones profesionales de referencia en el cumplimiento normativo en el ámbito nacional e internacional.

Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Loyola.

Ha elaborado el Programa de Compliance de la Conferencia Episcopal Española y de numerosas administraciones públicas y entidades privadas.

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